A través de la Disposición 1267/2022, publicada en el Boletín Oficial en las primeras horas del jueves, el organismo descentralizado informó sobre una consulta radicada en la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires a fines de verificar si un producto estaba autorizado para circular.
Hecha la indagación, y tras constatarse la irregularidad, se recomendó a la Anmat que el producto “no pueda ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio” a fin de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”.
Se precisó además que la decisión se justifica siempre y cuando se trate de “un producto alimenticio que carece de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente”.
Fue por ello que el organismo descentralizado determinó: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: “Chocolate con leche, maní y cereal; marca “Crok” – Chocolates Los Alpes”.
Fuente: La Nacion